Este Reglamento contiene normas, cuyo cumplimiento tiene por finalidad permitir un desarrollo plenamente satisfactorio y, a ser posible, libre de conflictos del trabajo y de la asimilación de conocimientos. Tan sólo se establecerán límites, allí donde necesariamente lo exija la debida protección de las personas y de los objetos.
Este reglamento se entiende como una llamada dirigida a todos para que nuestro trato mutuo sea respetuoso, solidario y amable, lo cual permitirá que nuestra estancia en el colegio se convierta en una experiencia grata.
1.
El vestíbulo de entrada al colegio estará abierto por las maņanas a partir de las 7.30 horas.
Para evitar accidentes, los alumnos no deberán permanecer en la acera frente al colegio. Los alumnos y profesores, que hayan llegado al colegio en bicicleta o en moto, dejarán sus vehículos en la zona de aparcamiento situada detrás de la Sala de Actos. Dentro de los terrenos del colegio dichos vehículos deberán ser empujados por sus conductores. Los alumnos deben solicitar el permiso de aparcamiento mediante la presentación del correspondiente formulario (Secretaria, Sra. Wickers).
Tanto los profesores como los alumnos tendrán que respetar con puntualidad el inicio y el final de cada hora lectiva. Cuando suene el primer timbre, al final de los recreos de 20 minutos, los alumnos y profesores se dirigirán inmediatamente a sus respectivas clases. Si transcurridos 5 minutos del comienzo de una hora lectiva, una clase estuviese sin profesor alguno, el delegado de clase deberá comunicarlo inmediatamente al Suddirector o en Secretaría.
2.
En los recreos de 20 min., los alumnos saldrán de la clase y se dirigirán a los patios o vestíbulos de recreo, a excepción de la zona de oficinas de Administración. Los alumnos tan sólo podrán acudir a la Sala de Profesores en casos de excepcional urgencia.
Las zonas de entrada al colegio y el patio de aparcamiento de motos no serán zonas en las que puedan permanecer los alumnos (inclusive los de las clases 12) durante las clases y recreos. Durante los recreos de 20 minutos (o al mediodía), los alumnos no podrán abandonar el edificio hacia la calle, inclusive los de la clase 10.
Las puertas de entrada permanecerán cerradas, con el fin de poder controlar el movimiento de visitas que entra por ellas. Los visitantes deberán comunicar en Portería el objetivo de su visita.
Los alumnos inclusive hasta la clase 10, que vienen de las salas de Ciencias, dejarán su material escolar hasta el final del recreo en los vestíbulos de recreo o en las taquillas con cerradura.
Las aulas se cerrarán con llave.
Aquellos juegos, que exijan correr o produzcan ruidos, deberán realizarse en el patio. Quedan prohibidos los juegos que puedan llegar a causar golpes o molestias. Los alumnos de la Sección Primaria, durante los recreos, deberán permanecer en los patios de Primaria.
3.
A partir de la clase 9, los alumnos podrán abandonar el edificio durante la pausa del mediodía, así como en las primeras o últimas horas que tengan libres. Esta norma también será válida para los alumnos de las clases 11 y 12 que tengan cualquier hora libre. No estará permitido a los alumnos, incluso a los de las clases 10, abandonar el recinto escolar durante el horario lectivo (horas 1 a 7 u 8 / 9), ya que en ese tiempo es responsabilidad del colegio tenerlos bajo vigilancia.
Excepciones: a) Si son recogidos por sus padres (por ejemplo, en caso de enfermedad), una vez se lo hayan comunicado al Tutor o al profesor que impartirá la siguiente hora lectiva. La ausencia se deberá anotar en el Libro de clase.
b) Por petición escrita de los padres, al solicitar que se les dispense de clase de Religión en la 7a hora, cuando el alumno pueda regresar a casa al final de la 6a hora.
c) Cuando esté dispensado de clase, conforme a la solicitud fundadamente presentada por los padres y que cuente con la aprobación del colegio (visita al médico o similares). Las consultas médicas se deberán colocar por las tardes, siempre que sea posible.
d) En caso de estar dispensado de hacer deportes, el alumno queda obligado a estar presente. Las normas en cada caso concreto la tomará el profesor respectivo. Los certificados y dispensas se deberán entregar inmediatamente al profesor de la materia. En caso de dispensa parcial (de natación u otra actividad), se enviará al alumno a otra clase paralela provisionalmente, donde hará otro tipo de deporte y recibirá su clase y calificación normales.
4.
Los alumnos tan sólo podrán acceder a las aulas de materias específicas cuando el profesor de la materia esté presente y deberán abandonarla en cuanto concluya la hora lectiva, para que se pueda ordenar el material utilizado y para que se pueda preparar adecuadamente la siguiente hora de clase.
La clase B 311 está destinada a sala de trabajo en silencio exclusivamente para los alumnos de las clases 12.
5.
Para la zona de los gimnasios es válida la misma normativa que para los vestíbulos de entrada. En las horas de sustitución o en las horas libres no se podrá permanecer en estas zonas ni en los pasillos de acceso a ellas ni en las salas contiguas. Excepción: Una vez acordado con un profesor de gimnasia, se podrán ocupar parcialmente las zonas de deporte durante las horas libres
6.
Las zonas ajardinadas requieren un cuidado especial y, por ese motivo, se deberán proteger especialmente.
7.
Los alumnos, a partir de la clase 11, podrán fumar en las terrazas del edificio.
8.
Durante el horario lectivo queda prohibido ingerir bebidas alcohólicas -incluso fuera del recinto escolar. Como es lógico, esta misma norma se aplicará al consumo de drogas ilegales. El consumo de drogas está terminantemente prohibido y puede llevar a la expulsión inmediata del colegio de quien la consuma. Quienes trafiquen con drogas serán expulsados del colegio y serán perseguidos legalmente.
9.
Todos los profesores y alumnos deberán poner especial cuidado en mantener la limpieza dentro del edificio y en la totalidad de los terrenos del colegio. Las instalaciones colectivas (clases, salas de asignaturas específicas, la sala de actos, los vestíbulos, los patios, las zonas de jardín, las áreas de deportes, servicios, entre otras), una vez utilizadas, han de dejarse en perfecto estado.
Los desperfectos que se observen en el recinto escolar se deberán comunicar inmediatamente a la Jefa de Administración. Están obligados a hacerlo los profesores y delegados de clases. Quien intencionada o descuidadamente ensucie o daņe algunos objetos, será considerado responsable de los daņos causados.
No está permitido traer al colegio aquellos objetos que puedan ser peligrosos. Los patinadores "inline", los monopatinadores y similares, por motivos de seguridad, no podrán usar dentro del recinto escolar sus patines o monopatines. Se dasaconseja que se traigan al colegio objetos tales como teléfonos móviles, discmans, walkmans, ordenadores de traducción, beamers, beepers y similares. Su uso durante una hora lectiva queda prohibido. En caso de transgresión de esta norma, el aparato en cuestión será incautado y podrá ser retirado por los padres del alumno, una vez que se haya mantenido una entrevista pedagógica con la Dirección del colegio.
10. Después de la última hora lectiva, se han de dejar cerradas las ventanas en todas las aulas, se han de colocar todas las sillas sobre las mesas y se cerrarán con llave todas las puertas.
Durante la pausa del mediodía, antes del comienzo de las clases de la tarde, las aulas parmanecerán igualmente cerradas, ya que los alumnos deben pasar ese tiempo en la planta baja del edificio y no en los pisos superiores.
11. La autorización para utilizar una clase, fuera del horario lectivo, la debe conceder la Dirección del colegio o de la Administración, de acuerdo con las directrices fijadas por la Junta Directiva.
12. Los avisos y anuncios solamente se podrán colocar en los tablones de anuncios y deben necesariamente haber sido autorizados con antelación.
13. En caso de emergencia, existe una normativa especial para los casos de emergencia.
14. La distribución de publicidad, así como la realización de colectas es obligatorio que cuenten con la autorización de la Dirección (de acuerdo con las directrices fijadas por la Junta).
15. El abrir sin autorización la taquilla de otra persona - o bien el intento de llevar a cabo tal acción- será considerado con todo rigor como un robo -o como conato de robo- y podrá traer como consecuencia la presentación de una denuncia. En caso de que se demuestre que se ha cometido un robo, este hecho puede llevar a la expulsión del CAB.
16. La presencia de personas ajenas al colegio durante una clase necesita contar con el permiso de la Dirección.